CAPÍTULO 9. CONSEJO SUPERIOR DE COLEGIOS Y OTRAS ENTIDADES PROFESIONALES

anterior · capítulo · siguiente

Artículo 134. El Consejero-representante

El Colegio de Arquitectos de la Comunidad Valenciana tiene un Consejero-representante en el Pleno del Consejo, que es el Decano.

El Consejero-representante titular podrá asistir a los Plenos acompañado por un adjunto y los asesores que autorice el Consejo.