CAPÍTULO 4. ORGANIZACIÓN

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Sección 3ª. ÓRGANOS DE JUNTAS DE GOBIERNO TERRITORIALES

CENTROS DE SERVICIOS E INFORMES (C. S. I.)

Artículo 71. De los Centros de Servicios e Informes (C.S.I)

Para el mejor cumplimiento de sus fines, el Colegio Oficial de Arquitectos de la Comunidad Valenciana contará con unos Centros de Servicios e Informes dependientes de cada Colegio Territorial, encargados de elaborar estudios, trabajos, dictámenes e informes.

El Centro de Servicios e Informes (C.S.I.) respectivo es el órgano asesor dependiente de cada Junta de Gobierno Territorial, encargado de elaborar los estudios, trabajos, consultas, dictámenes e informes, que se le encomienden. Estará formado por las Comisiones de Trabajo que en cada Colegio Territorial se creen. Al frente de cada C.S.I. habrá un miembro de Junta que actuará como Delegado.